ICA y patrimonio · 7 de octubre de 2026 · 9 min de lectura

Impuesto ICA en Medellín: quién declara, cuándo y cuánto

Quién paga el impuesto de industria y comercio (ICA) en Medellín, cada cuánto se declara, las fechas de 2026, las tarifas por actividad y los recargos que suma.

Por Kathiuska Villegas Padilla, Contadora Pública, Especialista en Gerencia Tributaria.

Fachada de un local comercial en Medellín con la persiana a medio abrir

En resumen

  1. 01En Medellín, los contribuyentes de ICA del régimen ordinario declararon el año gravable 2025 entre el 17 y el 30 de abril de 2026 y la pagaron hasta el 25 de junio (Resolución 202550100057 de 2025). La exógena municipal de ICA venció el 31 de agosto. La tarifa va de 2 a 10 por mil según la actividad.
  2. 02El ICA es anual: grava las actividades del 1 de enero al 31 de diciembre y se declara al año siguiente (Acuerdo 093 de 2023 art. 43). Al impuesto se suman avisos y tableros (15 %) si tiene aviso visible, y la sobretasa bomberil (1 %).
  3. 03Las personas naturales con un solo establecimiento e ingresos de hasta 2.500 UVT pueden pedir el régimen simplificado, que no presenta declaración y paga por facturas bimestrales.

El impuesto de industria y comercio, ICA, lo paga en Medellín toda persona natural o jurídica, sociedad de hecho, consorcio, unión temporal o patrimonio autónomo que realice actividades industriales, comerciales, de servicios o financieras en el Distrito, de forma permanente u ocasional, con o sin local. Es un impuesto anual: se liquida sobre los ingresos del año y se declara al año siguiente. En 2026, la declaración del año gravable 2025 se presentó del 17 al 30 de abril y se pagó hasta el 25 de junio.

A diferencia de la renta o el IVA, el ICA no lo administra la DIAN sino la Secretaría de Hacienda de Medellín, con su propio estatuto, su propio calendario y su propio portal. Por eso se olvida con tanta facilidad, sobre todo en el primer año de un negocio.

¿Quién debe declarar ICA en Medellín?

El Acuerdo 093 de 2023 art. 37 define el hecho generador como todas las actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras realizadas en Medellín, en forma permanente u ocasional, con establecimiento de comercio o sin él, incluso a través de tecnologías de la información. El Acuerdo 093 de 2023 art. 39 incluye como sujetos pasivos a personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos.

En la práctica eso abarca a casi cualquier negocio: la tienda, el consultorio, la S.A.S. de software, el independiente que factura servicios desde su casa y la empresa de otra ciudad que presta un servicio en Medellín. Lo que importa no es dónde está registrada la empresa sino dónde se realiza la actividad.

La excepción práctica son los pequeños contribuyentes del régimen simplificado (arts. 61 a 67 del Acuerdo 093): personas naturales con un solo establecimiento e ingresos de hasta 2.500 UVT en cada uno de los dos años anteriores, que no estén en el régimen SIMPLE. Con la UVT 2026 ese tope equivale a $130.935.000. No presentan declaración privada: pagan por facturas bimestrales, y la solicitud se hace a más tardar el último día hábil de junio.

¿Cada cuánto se paga el impuesto de industria y comercio?

QuiénQué presentaFechas 2026Norma
Régimen ordinarioDeclaración anual del año gravable 2025Presentación del 17 al 30 de abril, según el último dígito del NIT; pago hasta el 25 de junioResolución 202550100057 de 2025
Régimen simplificadoNo declara; paga facturas bimestrales25 feb, 28 abr, 25 jun, 27 ago, 28 oct y 28 dicResolución 202550100057 de 2025
Agentes de retención (ReteICA)Declaración bimestral de retenciones18 mar, 20 may, 22 jul, 23 sep, 18 nov de 2026 y 20 ene de 2027Acuerdo 093 art. 76
Obligados a exógena municipalReporte de información exógena de ICA31 de agosto de 2026Calendario tributario 2026

La declaración se presenta solo en línea, por el portal tributario de la Alcaldía. Las fechas de todo el año, nacionales y de Medellín, están en nuestro calendario tributario 2026. Para 2027 la Alcaldía expide un calendario nuevo; el de 2026 salió en diciembre de 2025. Conviene revisarlo antes de abril.

¿Cuál es la tarifa del ICA en Medellín?

Depende del código CIIU de la actividad. La ley nacional fija los rangos: de 2 a 7 por mil para actividades industriales y de 2 a 10 por mil para comerciales y de servicios (Decreto 1333 de 1986 art. 196). Dentro de esos rangos, el artículo 71 del Acuerdo 093 de 2023 asigna una tarifa a cada actividad. Algunos ejemplos:

CIIUActividadTarifa
1011Procesamiento y conservación de carne (industrial)4 por mil
1311Preparación e hilatura de fibras textiles (industrial)3 por mil
4711Supermercados y comercio al por menor no especializado (comercial)5 por mil
4771Comercio al por menor de prendas de vestir (comercial)4 por mil
4773Farmacias y droguerías (comercial)5 por mil
4111Construcción de edificios (servicios)5 por mil
5611Restaurantes (servicios)10 por mil
6201Desarrollo de software (servicios)10 por mil
6920Contabilidad, auditoría y asesoría tributaria (servicios)10 por mil
6412Bancos comerciales (financiero), desde 202511 por mil

Si su empresa tiene varias actividades, cada una tributa a su tarifa sobre los ingresos que genera. Por eso importa que la actividad registrada en el RIT coincida con lo que la empresa realmente hace: una actividad mal codificada puede llevar a pagar de más o de menos durante años.

¿Qué se suma al ICA en la declaración?

Dos recargos que se calculan sobre el impuesto, no sobre los ingresos. El impuesto de avisos y tableros es el 15 % del ICA, y solo se cobra si el negocio tiene un aviso visible desde el espacio público (arts. 97 y 99). La sobretasa bomberil es el 1 % del ICA (art. 105).

Un ejemplo con cifras redondas: una firma de contabilidad con ingresos gravables de $600.000.000 en Medellín, a 10 por mil, liquida un ICA de $6.000.000. Si tiene aviso visible, suma $900.000 de avisos y tableros, y $60.000 de sobretasa bomberil: $6.960.000 en total. A ese valor se le restan las retenciones de ICA que le practicaron sus clientes durante el año, que son un anticipo del impuesto (art. 74).

¿Qué pasa si no declaré ICA?

  • Si declara tarde por iniciativa propia: 5 % del impuesto a cargo por mes o fracción de retardo, hasta el 100 % (art. 351).
  • Si declara después del emplazamiento de la Alcaldía: 10 % por mes o fracción, hasta el 200 % (art. 352).
  • Si no declara: 5 % de los ingresos brutos, tomados de la declaración de renta, de las consignaciones bancarias o de la última declaración de ICA (art. 353).
  • Si nunca se inscribió en el RIT, se suma la sanción por inscripción extemporánea, que explicamos en registro de industria y comercio en Medellín.

La Alcaldía cruza información con la DIAN, con la exógena municipal y con las retenciones que reportan sus agentes. Un negocio que declara renta en Medellín y no declara ICA es fácil de encontrar. Si tiene años pendientes, el orden para ponerse al día es el mismo que en la DIAN, y lo explicamos en años sin declarar.

¿Qué tiene que ver el ICA con el régimen SIMPLE?

Quien está en el régimen SIMPLE de la DIAN paga el ICA consolidado dentro de ese régimen, a las tarifas del artículo 60 del Acuerdo 093, y no puede estar en el régimen simplificado de ICA. Tampoco le practican retención de ICA. Si está evaluando el SIMPLE, el ICA es parte de la cuenta, como explicamos en SIMPLE u ordinario.

Si quiere que el ICA, la retención y la exógena municipal queden dentro del ciclo mensual y no dependan de recordar fechas de la Alcaldía, eso es nuestro outsourcing contable. Atendemos a comerciantes e independientes y empresas en Medellín. El diagnóstico inicial es sin costo y respondemos el mismo día hábil; escríbanos.

La DIAN no le avisa del ICA, y la Alcaldía no le avisa de la DIAN. Las dos sí se cruzan la información.

Fuentes

Publicado el 7 de octubre de 2026. Si una autoridad modifica un plazo o un valor, esta página se actualiza y la fecha cambia.

Preguntas

Lo que suelen preguntar sobre este tema.

Es un impuesto municipal o distrital que grava las actividades industriales, comerciales, de servicios y financieras realizadas en una jurisdicción. En Medellín lo regula el Acuerdo 093 de 2023, lo administra la Secretaría de Hacienda y se liquida sobre los ingresos del año, con una tarifa por mil según la actividad.

Una vez al año. El periodo va del 1 de enero al 31 de diciembre y se declara al año siguiente (art. 43 del Acuerdo 093 de 2023). En 2026 la declaración del año gravable 2025 se presentó del 17 al 30 de abril y se pagó hasta el 25 de junio. El régimen simplificado paga por facturas bimestrales.

Depende del código CIIU. La ley fija entre 2 y 7 por mil para industria y entre 2 y 10 por mil para comercio y servicios, y el artículo 71 del Acuerdo 093 asigna la tarifa de cada actividad: por ejemplo, 4 por mil en venta de ropa, 5 en supermercados y 10 en restaurantes o servicios contables.

Las personas naturales con un solo establecimiento e ingresos iguales o inferiores a 2.500 UVT en cada uno de los dos años anteriores, que no estén en el régimen SIMPLE (arts. 61 a 67 del Acuerdo 093). No presentan declaración y pagan por facturas bimestrales. Se solicita a más tardar el último día hábil de junio.

La sanción por no declarar es del 5 % de los ingresos brutos, tomados de la declaración de renta, de las consignaciones o de la última declaración de ICA (art. 353 del Acuerdo 093). Si declara tarde por iniciativa propia, la sanción es del 5 % del impuesto por mes, hasta el 100 %.

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