ICA y patrimonio · 7 de octubre de 2026 · 7 min de lectura

Registro de industria y comercio en Medellín (RIT): cómo hacerlo

Cómo inscribirse en el registro de industria y comercio (RIT) de Medellín, el plazo de un mes desde que empieza la actividad y lo que cuesta hacerlo tarde.

Por Kathiuska Villegas Padilla, Contadora Pública, Especialista en Gerencia Tributaria.

Mostrador de atención vacío con una pila de formularios en blanco y un bolígrafo encadenado

En resumen

  1. 01En Medellín, quien inicia una actividad industrial, comercial o de servicios debe inscribirse en el registro de industria y comercio (RIT) dentro del mes siguiente al inicio de la actividad (Decreto 0350 de 2018 art. 3). Hacerlo tarde cuesta 0,5 UVT por mes de retardo, $26.187 con la UVT 2026, y el doble si lo inscribe la Alcaldía de oficio.
  2. 02La inscripción se hace en línea en el Portal Tributario de la Alcaldía, en www.medellin.gov.co/registrorit, para actividades permanentes. Estar en la Cámara de Comercio no reemplaza revisar que quedó inscrito en el Distrito.
  3. 03Cerrar el negocio también se informa: el cese de actividades se reporta dentro de los dos meses siguientes, o se sigue causando ICA y sanción.

El registro de industria y comercio, conocido en Medellín como RIT, es la inscripción del contribuyente ante la Secretaría de Hacienda del Distrito. Debe hacerse dentro del mes siguiente al inicio de la actividad económica, según el artículo 3 del Decreto 0350 de 2018, y se hace en línea en el Portal Tributario de la Alcaldía. Si se inscribe tarde, la sanción es de 0,5 UVT por cada mes o fracción de retardo (art. 360 del Acuerdo 093 de 2023).

Es un trámite corto que se olvida con frecuencia, porque quien crea una empresa suele pensar que la Cámara de Comercio y la DIAN ya avisaron a todo el mundo. No siempre es así, y el error aparece años después, cuando la Alcaldía cruza la información.

¿Quién debe registrarse en industria y comercio?

Toda persona natural o jurídica, sociedad de hecho, consorcio, unión temporal o patrimonio autónomo que realice en Medellín actividades industriales, comerciales, de servicios o financieras, que son los sujetos del ICA según los artículos 37 y 39 del Acuerdo 093 de 2023. Incluye al independiente que presta servicios sin local y a la empresa de otra ciudad que desarrolla actividades en Medellín.

Cada establecimiento debe quedar registrado (Decreto 0350 de 2018 art. 24 lit. k). Si abre una segunda sede, también se informa. El detalle de quién paga y cuánto está en impuesto ICA en Medellín.

¿Cómo se hace la inscripción en el RIT de Medellín?

  1. 01

    Tenga a mano su RUT y, si aplica, el certificado de Cámara de Comercio

    El ABECÉ ICA 2026 de la Alcaldía indica que debe estar inscrito en la Cámara de Comercio y en el Distrito. Verifique que la actividad económica (código CIIU) del RUT sea la que realmente desarrolla, porque de ella depende la tarifa.

  2. 02

    Entre al Portal Tributario

    Ingrese a www.medellin.gov.co/registrorit y elija la opción para inscribirse como nuevo contribuyente. La inscripción en línea es para actividades permanentes; si su actividad es ocasional o se inscribe como agente de retención, la Alcaldía atiende por otros canales.

  3. 03

    Registre actividades y establecimientos

    Declare cada actividad con su código CIIU, la fecha real de inicio y cada establecimiento de comercio. La fecha de inicio es la que define si la inscripción está a tiempo.

  4. 04

    Valide que quedó inscrito

    Consulte en el portal que el registro aparece activo, con las actividades correctas. Guarde el soporte. Si se inscribió en la Cámara de Comercio, no asuma que ese registro llegó solo al Distrito: verifíquelo.

  5. 05

    Agéndese la primera declaración

    El ICA es anual. El primer año declarará en abril del año siguiente, en la fecha que corresponda a su NIT, salvo que esté en el régimen simplificado. Póngalo en el calendario el mismo día que se inscribe.

¿Cuánto cuesta inscribirse tarde?

SituaciónSanción (art. 360 y 361 del Acuerdo 093)Con la UVT 2026
Se inscribe tarde por iniciativa propia0,5 UVT por cada mes o fracción de retardo$26.187 por mes
Lo inscribe la Alcaldía de oficio1 UVT por cada mes o fracción$52.374 por mes
No informa el cese de actividades1 UVT por mes$52.374 por mes
La Alcaldía declara el cese de oficio2 UVT por mes$104.748 por mes

Un ejemplo: un negocio que empezó a operar en enero de 2024 tenía hasta febrero para inscribirse. Si lo hace por su cuenta en octubre de 2026, lleva 32 meses de retardo. A 0,5 UVT por mes, son 16 UVT, $837.984 con la UVT 2026. Y esa es solo la sanción por inscripción; las declaraciones de ICA no presentadas de esos años tienen sus propias sanciones.

¿Qué pasa con los años en que operó sin estar inscrito?

La sanción por inscripción tardía no cubre lo demás. Si el negocio operó en Medellín sin estar en el RIT, durante esos años tampoco presentó las declaraciones anuales de ICA, y cada una tiene su propia consecuencia: sanción por extemporaneidad si la presenta por iniciativa propia, o sanción por no declarar si la Alcaldía llega primero, calculada sobre los ingresos brutos.

Por eso el orden importa. Lo sensato es inscribirse, reconstruir los ingresos de cada año con la contabilidad y la información de la DIAN, y presentar las declaraciones pendientes antes de que llegue un emplazamiento, porque después la sanción se duplica. Es la misma lógica de ponerse al día con años sin declarar ante la DIAN.

¿Cuáles son los errores más comunes al inscribirse?

  • Registrar una fecha de inicio distinta de la real para evitar la sanción. La Alcaldía la contrasta con el RUT, la Cámara de Comercio y la primera factura electrónica.
  • Elegir un código CIIU genérico que no corresponde a la actividad, con una tarifa distinta de la que aplica.
  • Registrar solo la sede principal y olvidar los demás establecimientos.
  • Dar por hecho que el registro mercantil lo inscribió en el Distrito sin verificarlo.
  • No actualizar el registro cuando cambia de dirección, de actividad o cierra un local.

¿Qué pasa si cierro el negocio?

Hay que informarlo. El ABECÉ ICA 2026 indica que el cese de actividades se reporta dentro de los dos meses siguientes. Si no lo hace, la Alcaldía sigue considerándolo contribuyente activo, le sigue facturando o esperando declaraciones, y el artículo 361 del Acuerdo 093 sanciona la omisión con 1 UVT por mes, o 2 UVT si la Alcaldía lo hace de oficio.

Lo mismo aplica cuando cambia de dirección, de actividad o abre y cierra establecimientos: el RIT debe reflejar la realidad del negocio. Si además cerró ante la DIAN, revise que el RUT también esté actualizado, como explicamos en actualizar el RUT en línea.

¿Me van a practicar retención de ICA?

Probablemente, si le vende o presta servicios a entidades públicas o a empresas designadas como agentes de retención. Esa retención se descuenta del ICA que liquide en su declaración anual. Las reglas y la tarifa están en ReteICA en Medellín.

Si está creando su empresa, la inscripción en el RIT es uno de los pasos que dejamos hechos en crear empresa, junto con el RUT y la facturación electrónica. Si ya opera y no sabe si está inscrito, lo revisamos dentro de nuestro outsourcing contable para comerciantes e independientes. El diagnóstico inicial es sin costo; escríbanos.

Inscribirse cuesta un trámite. No inscribirse cuesta un mes de sanción por cada mes de silencio.

Fuentes

Publicado el 7 de octubre de 2026. Si una autoridad modifica un plazo o un valor, esta página se actualiza y la fecha cambia.

Preguntas

Lo que suelen preguntar sobre este tema.

Es el registro de información tributaria del impuesto de industria y comercio: la inscripción del contribuyente ante la Secretaría de Hacienda de Medellín. Debe hacerse dentro del mes siguiente al inicio de la actividad económica, según el artículo 3 del Decreto 0350 de 2018, e incluir cada actividad y cada establecimiento.

En línea, en el Portal Tributario de la Alcaldía, www.medellin.gov.co/registrorit, con la opción para inscribirse como nuevo contribuyente. La vía en línea es para actividades permanentes; los contribuyentes ocasionales y los agentes de retención usan otros canales de la Secretaría de Hacienda.

No lo asuma. El Decreto 0350 permite a la Alcaldía inscribir contribuyentes con la información de la Cámara, pero el ABECÉ ICA 2026 pide estar inscrito en ambas y validar el registro. Si la Alcaldía lo inscribe de oficio, la sanción es de 1 UVT por mes en lugar de 0,5.

El artículo 360 del Acuerdo 093 de 2023 fija 0,5 UVT por cada mes o fracción de retardo si se inscribe voluntariamente, $26.187 con la UVT 2026, y 1 UVT por mes si lo inscribe la administración de oficio. Las declaraciones de ICA pendientes tienen sanciones aparte.

Informando el cese de actividades a la Secretaría de Hacienda dentro de los dos meses siguientes, según el ABECÉ ICA 2026. Si no lo hace, sigue figurando como contribuyente activo y el artículo 361 del Acuerdo 093 sanciona la omisión con 1 UVT por mes, o 2 UVT si la Alcaldía actúa de oficio.

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