Servicios · Consultoría tributaria

Pague lo justo. Con soportes. Sin sorpresas.

Impuestos de empresas y personas con una Especialista en Gerencia Tributaria que anticipa a la DIAN, documenta cada posición y responde cuando llega el requerimiento.

Declaraciones y estados financieros sobre un escritorio
  1. $524.000

    Sanción mínima por presentar tarde en 2026.

    10 UVT, aproximados al múltiplo de mil (ET art. 639). Aplica aunque el retraso sea de días, también a la sanción reducida. Después del emplazamiento la tarifa por mes se duplica (ET art. 642).

  2. 26 oct

    Cierra el calendario de renta de personas naturales.

    Declaración de renta de personas naturales, año gravable 2025: del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de la cédula. Cada día vence un grupo.

  3. 3 meses

    Para responder un requerimiento especial.

    ET art. 707, contados desde la notificación. Ante un emplazamiento para corregir, 1 mes para corregir (ET art. 685). Quien organiza el expediente a tiempo, responde bien.

Haga la cuenta

Lo que cuesta cada mes que pasa.

¿La declaración tiene impuesto a cargo?

$ 4.000.000
3

Estado ante la DIAN

¿Cometió esta misma falta antes?

Sanción por presentar tarde

$ 600.000

Además del impuesto y de los intereses de mora. Base: 5 % del impuesto a cargo por 3 meses, sin exceder el 100 %.

Sanción antes de reducción
$ 600.000
Reducción art. 640
No aplica
Sanción mínima 2026 (10 UVT)
$ 524.000
Sanción a pagar
$ 600.000

Presentar antes del emplazamiento cuesta la mitad por mes. Le mostramos la cifra exacta antes de presentar.

Solicitar diagnóstico sin costo

Estatuto Tributario: art. 641 (5 % del impuesto por mes o fracción, hasta el 100 %; sin impuesto a cargo, 0,5 % de los ingresos brutos por mes con tope del 5 % de esos ingresos, del doble del saldo a favor o de 2.500 UVT), art. 642 (después del emplazamiento, el doble), art. 640 (reducción al 50 % o al 75 % si no repitió la falta y la DIAN no ha emplazado) y art. 639 (nunca menos de 10 UVT, $ 524.000 en 2026, también para la sanción reducida). Los intereses de mora se liquidan aparte. Cifras indicativas.

Cuatro formas de trabajar

¿Qué necesita hoy?

01 de 04

Consultoría puntual

Una sesión, una decisión: vender un activo, contratar en el exterior, cambiar de régimen, distribuir utilidades. Concepto por escrito.

Su año tributario

Ocho fechas que ordenan el año.

IVA, retención en la fuente y nómina electrónica corren cada mes o bimestre según el NIT. Verificado el 9 de septiembre de 2026.

  1. Enero01

    Salida del SIMPLE

    Penúltimo día hábil para volver al ordinario.

  2. Febrero02

    Inscripción al SIMPLE

    Último día hábil para optar por el régimen.

  3. Abril03

    ICA Medellín

    Presentación del ICA anual en Medellín, del 17 al 30 de abril.

  4. Mayo04

    Exógena

    Grandes contribuyentes y arranque de personas jurídicas.

  5. Junio05

    Exógena y pago ICA

    Cierre de exógena nacional y pago del ICA.

  6. Agosto06

    Renta personas naturales: inicia

    Cédulas terminadas en 01 y 02 abren el calendario el 12 de agosto.

  7. Octubre07

    Renta personas naturales: cierre

    Cédulas terminadas en 99 y 00 cierran el calendario el 26 de octubre.

  8. Diciembre08

    Proyección de cierre

    Estimación de renta y decisiones antes del 31.

Kathiuska Villegas Padilla

Quién responde

Especialista en Gerencia Tributaria. Ha recuperado saldos a favor y respondido requerimientos por empresas de varios sectores.

Kathiuska Villegas Padilla revisa cada posición antes de que se firme. Renta, IVA, ICA, retención, impuesto al consumo, exógena y precios de transferencia, en empresas de hotelería, comercio, servicios e inversiones.

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan antes de llamar.

Sí. Puede contratar una sesión para una decisión específica o un proyecto más amplio con diagnóstico y hoja de ruta.

Ningún asesor responsable debe prometer un resultado sin revisar los hechos. Nuestro compromiso es aplicar rigor técnico, documentar la posición y actuar oportunamente dentro de la ley.

Sí, sujeto a una revisión inmediata de plazos, actos recibidos y soportes disponibles. El primer paso es determinar el estado del proceso.

Antes del vencimiento, no después.

  1. Mismo día hábilLe respondemos y agendamos el diagnóstico de 30 minutos, sin costo.
  2. 24 hPropuesta y honorarios por escrito.
  3. PlazoDeclaración presentada o respuesta radicada, a tiempo.

Lunes a viernes, 8:00 a 18:00 (hora de Colombia). Respondemos el mismo día hábil.

Solicitar diagnóstico tributario.

Si ya tiene un requerimiento, indíquelo en el mensaje: se prioriza por plazo.

Fecha y hora de su consulta

Consultando horarios disponibles…

Sin compromiso. Respondemos el mismo día hábil.

Desde el blog

Ideas para su próxima decisión.