Crear empresa y RUT · 7 de octubre de 2026 · 9 min de lectura

Cómo crear una S.A.S. en Colombia: requisitos y paso a paso

Requisitos de la Ley 1258 para crear una S.A.S., pasos en la Cámara de Comercio, RUT y factura electrónica, con lo que cuesta registrarla en Medellín en 2026.

Por Kathiuska Villegas Padilla, Contadora Pública, Especialista en Gerencia Tributaria.

Escritorio nuevo con una planta pequeña, una carpeta vacía y una llave sobre la mesa

En resumen

  1. 01Una S.A.S. se constituye con una o varias personas naturales o jurídicas que responden solo hasta el monto de sus aportes, y debe tener al menos un representante legal (Ley 1258 de 2008). Si vende o presta servicios está obligada a facturar electrónicamente, y si sus socios son personas naturales residentes puede elegir el régimen SIMPLE.
  2. 02Se crea con un documento privado autenticado por los accionistas e inscrito en la Cámara de Comercio del domicilio. La Cámara gestiona el RUT y el NIT en el mismo trámite.
  3. 03En Medellín, en 2026, el formulario RUES vale $8.500 y la inscripción de la constitución $73.000. A eso se suman la matrícula, que depende de los activos, y el impuesto de registro departamental.

La sociedad por acciones simplificada es la forma más usada para crear empresa en Colombia por una razón práctica: la Ley 1258 de 2008 permite constituirla con una sola persona, por documento privado, y separa el patrimonio de la empresa del de sus dueños. Su artículo 1 dice que los accionistas solo son responsables hasta el monto de sus aportes y no responden por las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza de la sociedad, salvo el art. 42.

Esta guía va en el orden en que de verdad se hace el trámite, con lo que cada paso exige y lo que cuesta en la Cámara de Comercio de Medellín en 2026.

¿Qué se necesita para crear una S.A.S.?

El artículo 5 de la Ley 1258 enumera lo mínimo que debe decir el documento de constitución. Si falta algo, la Cámara se abstiene de inscribir (artículo 6):

  1. Nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas
  2. Razón social seguida de «sociedad por acciones simplificada» o de las letras S.A.S.
  3. Domicilio principal y el de las sucursales que se creen en el mismo acto
  4. Término de duración, si no es indefinido
  5. Enunciación de las actividades principales, o que podrá realizar cualquier actividad comercial o civil lícita
  6. Capital autorizado, suscrito y pagado; clase, número y valor nominal de las acciones, y forma y términos de pago
  7. Forma de administración, nombre, documento y facultades de los administradores; como mínimo un representante legal

Además: el documento se autentica por quienes lo suscriben antes de la inscripción, directamente o por apoderado. En la práctica, la Cámara de Comercio de Medellín acepta la autenticación ante notario o la presentación personal de todos los accionistas en sus taquillas.

¿Cuáles son los pasos para constituir una S.A.S.?

  1. 01

    Verifique el nombre

    En rues.org.co confirme que la razón social no esté registrada. La Cámara no matricula un nombre igual a otro ya inscrito (Código de Comercio art. 35), y la sigla S.A.S. no sirve para diferenciarlo.

  2. 02

    Defina las actividades y su código CIIU

    El objeto puede ser amplio, cualquier actividad lícita, pero el código de actividad que quede en el RUT define responsabilidades y, si elige el SIMPLE, su grupo de tarifa. Verifique también que la actividad esté permitida en el lugar donde va a operar.

  3. 03

    Decida el capital

    Capital autorizado, suscrito y pagado, número y valor nominal de las acciones y el plazo para pagar lo suscrito, que no puede pasar de dos años (Ley 1258 art. 9).

  4. 04

    Redacte los estatutos

    Con el contenido del artículo 5, las reglas de la asamblea y las facultades y límites del representante legal. La junta directiva es opcional (art. 25).

  5. 05

    Firme y autentique

    Todos los accionistas firman y autentican ante notario, o hacen presentación personal en la Cámara. Los nombrados aceptan su cargo con firma, número y fecha de expedición del documento.

  6. 06

    Diligencie el formulario RUES y el anexo de responsabilidades tributarias

    El representante legal firma el anexo, que es el que alimenta el RUT. Si la sociedad es de un solo accionista persona natural, se diligencia además el formato de situación de control (Decreto 667 de 2018).

  7. 07

    Radique y pague en la Cámara

    Derechos de inscripción, matrícula de la sociedad, matrícula del establecimiento si lo tiene, e impuesto de registro departamental.

  8. 08

    Formalice el RUT y obtenga el NIT

    La Cámara tramita la inscripción en el RUT con la información del anexo. Revise el certificado: las responsabilidades marcadas ahí son obligaciones reales.

  9. 09

    Registre libros y abra la contabilidad

    Todo comerciante debe inscribir los libros que la ley exige y llevar contabilidad regular (Código de Comercio art. 19). La sociedad nace con ese deber desde el primer día.

  10. 10

    Habilite la facturación electrónica

    La sociedad que vende o presta servicios está obligada a facturar electrónicamente (DIAN, Resolución 000165 de 2023). Si se inscribió en el SIMPLE, tiene dos meses desde la inscripción en el RUT.

¿Cuánto cuesta crear una S.A.S. en Medellín en 2026?

Estos son los valores que publica la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia para 2026. No incluyen notaría ni honorarios de quien lo acompañe.

ConceptoValor 2026Cómo se calcula
Formulario RUES$8.500Fijo
Derechos de inscripción de la constitución$73.000Fijo
Matrícula mercantil de la sociedad$108.990 con activos de $10.000.000$24.220 + $8.477 por cada millón de activos, en el primer tramo (hasta $78.715.000)
Matrícula de un establecimiento en la misma jurisdicción$48.400Si los activos del propietario no superan el primer tramo
Cada libro de actas o de accionistas$24.200Por libro
Certificado de existencia y representación legal$12.100Por certificado
Impuesto de registroLo liquida la Cámara al radicarCon cuantía sobre el capital suscrito, y sin cuantía por cada nombramiento

Con activos de $10.000.000 y sin establecimiento, formulario, inscripción y matrícula suman $190.490, antes del impuesto de registro y de los libros. Si la sociedad cumple los requisitos de pequeña empresa joven de la Ley 1780 de 2016, la matrícula de la persona jurídica no tiene costo. La matrícula se renueva cada año entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

¿Qué obligaciones empiezan el día que se registra?

ObligaciónDesde cuándoNorma o fuente
Llevar contabilidad e inscribir librosDesde el registroCódigo de Comercio art. 19
Facturar electrónicamenteAntes de la primera ventaDIAN, Resolución 000165 de 2023
Mantener el RUT actualizadoDentro del mes siguiente a cada cambioET art. 658-3
Declarar renta como sociedadAnualmente, a la tarifa general del 35 % si no está en el SIMPLEET art. 240
Renovar la matrícula mercantilCada año, del 1 de enero al 31 de marzoCámara de Comercio
Revisor fiscalSolo si supera los topes de ley o lo exige otra normaDecreto 2020 de 2009

La última fila evita un gasto frecuente: según el Decreto 2020 de 2009, la S.A.S. necesita revisor fiscal solo cuando supera los topes de la Ley 43 de 1990 o cuando otra ley lo exige. Si nada de eso aplica, la sociedad no está obligada a tenerlo desde el inicio.

¿SIMPLE u ordinario desde el primer día?

Una sociedad nueva puede elegir el SIMPLE en el momento de inscribirse en el RUT, sin esperar a febrero, si cumple los requisitos: socios personas naturales residentes y que no esté en las exclusiones del artículo 906, que repasamos en quiénes no pueden pertenecer al régimen SIMPLE. La decisión depende del margen y del tipo de actividad, y conviene tomarla antes de facturar, con la simulación de SIMPLE u ordinario.

Si todavía duda entre constituir una sociedad o empezar a su nombre, la comparación está en crear empresa como persona natural o S.A.S., y lo que debe revisar en el RUT antes de firmar, en RUT por primera vez.

¿Qué errores cuestan más al crear la S.A.S.?

  • Copiar unos estatutos genéricos y descubrir después que el representante legal no tiene facultades para firmar el crédito o el contrato que motivó la empresa.
  • Marcar en el anexo responsabilidades tributarias "por si acaso". Cada una genera declaraciones periódicas, aunque no haya operaciones.
  • Escoger el código CIIU por parecido. En el SIMPLE define el grupo de tarifa.
  • Dejar la facturación electrónica para después de la primera venta.
  • No pagar el capital suscrito dentro del plazo pactado, que nunca puede pasar de dos años.

Si quiere hacerlo con acompañamiento, en crear empresa coordinamos estatutos, Cámara de Comercio, RUT, NIT, libros y facturación electrónica, y en constitución de empresas está la herramienta para revisar si el SIMPLE le aplica. El diagnóstico inicial no tiene costo y la propuesta llega por escrito en 24 horas. También puede ver la página para emprendedores.

La S.A.S. se crea en una tarde. Las decisiones que la hacen rentable se toman antes de firmar el documento.

Fuentes

Publicado el 7 de octubre de 2026. Si una autoridad modifica un plazo o un valor, esta página se actualiza y la fecha cambia.

Preguntas

Lo que suelen preguntar sobre este tema.

Una sola. Según el artículo 1 de la Ley 1258 de 2008, puede constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, responsables hasta el monto de sus aportes. Además debe designarse cuando menos un representante legal (art. 5 num. 7), que puede ser el mismo accionista único.

En 2026 la Cámara de Comercio de Medellín cobra $8.500 por el formulario RUES y $73.000 por inscribir la constitución. La matrícula depende de los activos: con $10.000.000 son $108.990. Aparte se liquida el impuesto de registro departamental sobre el capital suscrito, más notaría y libros.

No escritura pública, salvo que se aporten inmuebles u otros bienes cuya transferencia la exija. Basta un documento privado, pero las firmas de los accionistas deben autenticarse ante notario o presentarse personalmente en la Cámara de Comercio antes de la inscripción (Ley 1258 art. 5).

Sí. Al constituir la sociedad, el representante legal diligencia el anexo de responsabilidades tributarias y la Cámara tramita la inscripción en el RUT y la asignación del NIT. Revise las responsabilidades que quedan marcadas: cada una genera obligaciones con la DIAN.

Sí, desde su inscripción en el RUT, si sus socios son personas naturales residentes en Colombia, sus ingresos no superan 100.000 UVT y no está en las exclusiones del artículo 906 del Estatuto Tributario. Si elige el SIMPLE debe facturar electrónicamente dentro de los dos meses siguientes.

Desde el blog

Seguir leyendo.

Hable con la firma

Dos formas de empezar. Las dos responden hoy.

Diagnóstico sin costo

Treinta minutos que ordenan el año.

  1. Mismo día hábilLe escribimos para confirmar la hora.
  2. 30 minDiagnóstico con la directora, en su lenguaje.
  3. 24 hPropuesta y honorarios por escrito.

WhatsApp directo

Escríbanos ahora. Le responde la firma, no un bot.

Una pregunta concreta, un vencimiento del día o un requerimiento de la DIAN. Respondemos el mismo día hábil.

+57 316 664 6068

Lunes a viernes, 8:00 a 18:00 (hora de Colombia)

Diagnóstico inicial sin costo

Constitución de la S.A.S. con RUT, libros y facturación.

Cuéntenos su caso, elija fecha y hora, y le respondemos el mismo día hábil.

Lunes a viernes, 8:00 a 18:00 (hora de Colombia). Español e inglés.

Ver el servicio
Fecha y hora de su consulta

Consultando horarios disponibles…

Sin compromiso. Respondemos el mismo día hábil.